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En cuanto le pellizcan un poquito de poder, se sienten quisquillosos, dijo Fayt sobre la CGT

En cuanto le pellizcan un poquito de poder, se sienten quisquillosos, dijo Fayt sobre la CGT


El juez de la Corte Suprema criticó a la central obrera y defendió el fallo que reafirma la libertad sindical, Es una cuestión de sensibilidad, no de legalidad, dijo el ministro

"En cuanto le pellizcan un poquito de poder, se sienten quisquillosos", dijo Fayt sobre la CGT
El juez de la Corte Suprema, Carlos Fayt, ingresa a Tribunales

El fallo de la Corte Suprema que ratifica la libertad sindical ya genera polémicas entre los miembros del máximo tribunal y la cúpula de la CGT. En respuestas a las críticas lanzadas desde la central obrera, el ministro Carlos Fayt criticó esta mañana a los sindicalistas y defendió el fallo.

“En cuanto pellizcan un poquito del poder que tienen pueden sentirse quisquillosos”, lanzó Fayt, en referencia a las críticas de la CGT. “Es una cuestión de sensibilidad, pero no de legalidad”, agregó.

El fallo causó malestar y preocupación entre los líderes de la CGT, que ven en la decisión de la Corte un avance sobre su poder. Julio Piumato, secretario general del gremio de los empleados judiciales y uno de los principales aliados de Hugo Moyano, dijo que “fomenta la fragmentación” y que así “será muy difícil defender el derecho de los trabajadores”.

En declaraciones a la prensa desde la puerta de su domicilio, Fayt negó que el fallo atente contra el poder de los sindicatos. “Va a haber muchas opiniones en contra, porque todos aquellos que ven un peligro para su poder se van a sentir inquietos”, acusó.

Además, el ministro desmintió que la Corte Suprema se sienta presionada por el líder de la CGT, Hugo Moyano.

No es el primer cruce entre Fayt y la cúpula de la central obrera. Hace dos semana, en pleno conflicto con los trabajadores judiciales, Moyano se solidarizó: “La CGT estará siempre al lado de los trabajadores judiciales”. Y alertó: “Si [a los trabajadores del sector] les llega a faltar un peso, los camioneros les vamos a dar una mano”. Tras las declaraciones del camionero, Fayt lanzó: “Los calificativos no nos tocan”.

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La Corte Suprema volvió a fallar a favor de la libertad sindical

La Corte Suprema volvió a fallar a favor de la libertad sindical


El máximo tribunal le reconoció fueros a un delegado que no pertenece a una asociación con personería gremial; la espera de la resolución había desatado una disputa con Moyano

La Corte Suprema dictó un nuevo fallo a favor de la libertad sindical y puso en jauqe al gremialismo organizado.

El fallo recayó en la causa Rossi, y tiene la firma de todos los ministros.

Por Adrián Ventura
Especial para
lanacion.com

La Corte resolvió que un delegado de una asociación con simple inscripción, es decir, que no actúa como miembro de un gremio con personería gremial, goza de las mimas garantías de tutela sindical que los delegados de los gremios con personería.

Así, un delegado no puede ser suspendido ni despedido ni trasladado de su lugar de trabajo sin previo juicio.

Este es el segundo fallo de la Corte a favor de la libertad sindical. El primero recayó en la causa Ate, de noviembre de 2008 y desde entonces el secretario general de la CGT, Hugo Moyano, mantiene un creciente enfrentamiento con la Corte

El fallo declara la inconstitucionalidad del artículo 52 de la ley 23.551, de Asociaciones Sindicales, que consideraba que si en una misma actividad existe un sindicato con personería gremial y otro simplemente inscripto, sólo los representantes gremiales del primero están cubiertos.

En el caso en cuestión, el sindicato reconocido era la Unión del Personal Civil de las Fuerzas Armadas (Pecifa).

La trabajadora Adriana Rossi había recibido una sanción

disciplinaria de suspensión y del cambio de lugar de tareas, pero reclamó que las dos medidas fueran dejadas sin efecto ya que no habían contado con la previa autorización judicial, la cual era necesaria dada la tutela sindical que aducía.

Como la Asociación de Profesionales de la Salud del Hospital Naval (Prosana), es un sindicato de primer grado simplemente inscripto, las instancias judiciales anteriores convalidaron la sanción, pero la Corte ahora revirtió ese fallo.

La Corte concluyó en que, al limitar a los representantes gremiales de los sindicatos con personería gremial los alcances de la protección sindical, se había violentado “de manera tan patente como injustificada” el concepto de representación de los trabajadores.

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